El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes el anteproyecto de ley de mutuas, por el que se concederá a estas entidades privadas una mayor capacidad de intervención en las bajas médicas por enfermedad común con el objetivo de "reducir el absentismo laboral".
En concreto, las mutuas privadas, contratadas por las empresas, podrán realizar el seguimiento de la prestación de incapacidad temporal derivada de enfermedad común "ya desde el primer día de la baja".
Así, la mutua podrá formular, como ocurre actualmente, una propuesta de alta médica "motivada". Su propuesta será enviada entonces al médico del Servicio Público de Salud que emitió el parte de baja a través de los servicios de Inspección del Servicio Público de Salud correspondiente, que dispondrán de un plazo de sólo cinco días desde la recepción de la propuesta de alta para comunicar a la mutua si la estima o la rechaza.
Si en dicho plazo no se notificara a la mutua el parte de confirmación de baja, se considerará estimada la propuesta y emitido el parte médico de alta. La mutua entonces comunicará al trabajador y a la empresa la extinción de la prestación.
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