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Otra canallada más: los enfermos que necesiten traslado en helicóptero deberán pagarlo de su bolsillo

Los pacientes que necesiten traslado en helicóptero medicalizado de una isla a otra -o de una localidad alejada al hospital- deberán pagarlo de su bolsillo si no se considera urgente, aunque no haya posibilidad de otra forma de viajar por su estado. Esto viene a sumarse a los recortes verdaderamente criminales del gobierno español en sanidad, como el incremento del reopago farmacéutico o la retirada de la asistencia sanitaria a los inmigrantes sin papeles.

La medida proviene de la modificación del artículo 8 de la Ley de Cohesión y Calidad de la Sanidad Pública, con objeto de establecer varios tipos de carteras de servicios. En la cartera "suplementaria" (la que conlleva que el paciente tiene que pagar parte o la totalidad del servicio) es donde se incluye el "traslado programado" de pacientes en helicóptero. "Programados" no significa que no son urgentes. Entraría en esta categoría, por ejemplo, una persona que haya sufrido un infarto en Fuerteventura, pero que se le ha estabilizado y requiere ser trasladada; también el transporte de sangre o de órganos.

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