El gobierno español ha aprobado este viernes un plan integral para los daños de los numerosos incendios de este verano, que incluye la utilización de parados reclutados a la fuerza para ayudar a la extinción de incendios [aunque verbalmente ha dicho que no los va a emplear en ello] o los trabajos de recuperación tras las catástrofes naturales. Los desempleados que se nieguen perderán su prestación, de acuerdo con una ley del PSOE de 1994.
El decreto establece que los parados podrán ser llamados por administraciones públicas y entidades sin ánimo de lucro (ONGs). A cambio, sólo seguirán cobrando la prestación por desempleo y, en su caso, la diferencia hasta alcanzar los 641 euros del salario Mínimo Interprofesional..
Esta recluta obligatoria se extiende acualquier trabajo "de utilidad social" que redundanden "en beneficio de la comunidad", y coincidirán con las aptitudes físicas y profesionales del trabajador desempleado, [coincidencia que no se especifica y queda, por tanto, al criterio de las administraciones u ONGs], sin implicar cambio de residencia del trabajador.
El gobierno advierte que en caso de negativa o incumplimiento de obligaciones por parte del desempleado será aplicable el régimen sancionador previsto en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
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