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La resitencia pasiva será considerada "atentado contra la autoridad"

Y HACER CONVOCATORIAS EN INTERNET SERÁ CONSIDERADO “INTEGRACIÓN EN ORGANIZACIÓN CRIMINAL”



Frente a las movilizaciones por la contrarreforma laboral y los recortes, el gobierno español se apresta a la guerra contra los manifestantes que llenan las calles en cada convocatoria. Para intimidar y asustar a estudiantes y trabajadores ante una tensión social en aumento, el PP ha decido reformar el Código Penal para endurecer las legislaciones que afectan al orden público.

El ministro de Interior, Jorge Fernández Díaz, ha justificado este miércoles en el sesión de control del Congreso este endurecimiento alegando que es necesario luchar contra lo que denomina una "espiral de violencia" practicada por "colectivos antisistema" que practican "técnicas de guerrilla urbana". Detrás de este lenguaje "creativo", lo que viene es una oleada de recortes de derechos.

Una de esas medidas es el endurecimiento de las sanciones para los destrozos callejeros, aplicándoles la misma legislación antiterrorista pergeñada contra la kale borroka en Euskal Herria, en la línea de que "la gente tenga más miedo al sistema", como dijo la semana pasada el conceller de Interior de Catalunya, Felip Puig.

Otra es incluir como delito de atentado a la autoridad la resistencia pasiva. En clara referencia a las movilizaciones estudiantiles de Valencia y las concentraciones espontáneas, con esta legislación podrían ser condenados por atentado a la autoridad (penas de prisión de uno a seis años) todas las personas que acudan a las movilizaciones que suelen llevarse a cabo sin previa notificación a la correspondiente Delegación de Gobierno.

La reforma propuesta prevé que sea considerado delito de integración en organización criminal (penas de prisión de dos a cinco años) difundir a través de Internet y las redes sociales las convocatorias que "alteren gravemente el orden público", que podrían ser todas aquéllas que no hayan sido notificadas y que se nieguen a abandonar el lugar pese al aviso de la policía.

Además, se va a introducir entre las "modalidades de acometimiento" (ataque violento dirigido contra un policía) las amenazas y "comportamientos intimidatorios" (gritos) o el lanzamiento de "objetos peligrosos".

Se considerará como agravante cuando las "conductas violentas" se produzcan en manifestaciones o concentraciones y se incluirá como delito de desorden público los supuestos en los que se penetre en establecimientos públicos o se obstaculice el acceso a los mismos (por ejemplo, un piquete en la puerta). En este sentido, se ampliará la cuantía de los daños no sólo a los que se produzcan en establecimientos, sino también a los que se deriven por la "interrupción" de cualquier servicio público.

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